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Reseña Histórica

A partir de 1958, se inició en Venezuela un proceso de Reforma en la Administración Pública cuyo objetivo era adecuarla a las exigencias que planteaba el Estado Moderno. De manera casi simultánea se comienzan a realizar los estudios que daban como resultado la implantación del "Sistema de Planificación" (Decreto 492 del 30 de Diciembre de 1958), creación de la Comisión de la Administración Pública Nacional (Decreto 287, del 27 de Junio de 1958) e inicio de la modernización del Sistema Presupuestario, con la entrega al Soberano Congreso de la República del Presupuesto por Programas como un anexo explicativo de la Ley de Presupuesto por Programas, que se seguía presentando bajo la concepción tradicional, la promulgación de la Ley de Régimen Presupuestario, obligó de manera inmediata al Ejecutivo Nacional a poner en marcha una reforma presupuestaria y contable.

En cumplimiento a lo pautado en la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario se creó la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), como órgano rector del sistema presupuestario público venezolano, con una estructura administrativa básicamente similar a la que contaba la Dirección Nacional del Presupuesto, previo a la reforma presupuestaria, con excepción del Area de Presupuestos Regionales, que a partir de la creación de la OCEPRE implementó la figura de Coordinadores Regionales con sede en el interior del país, quienes tenían por función asistir a las Corporaciones Regionales, Gobernaciones de Estado y a los Concejos Municipales. La estructura original fué modificada en febrero de 1981 con el objeto de adecuarlas a los esquemas globales sectoriales y regionales previstos en el Plan de la Nación.

Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, la cual propende la integración de la administración financiera del Estado, el cual se compone de los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad regulados por dicha ley, así como los sistemas tributario y de administración de bienes regulados por otras leyes, se ordena la organización del sistema, creando las Oficinas Nacionales, dentro de las cuales se instituye la Oficina Nacional de Presupuesto, ONAPRE.

Organigrama

Creación

A partir de 1958, se inició en Venezuela un proceso de Reforma en la Administración Pública cuyo objetivo era adecuarla a las exigencias que planteaba el Estado Moderno. De manera casi simultánea se comienzan a realizar los estudios que daban como resultado la implantación del "Sistema de Planificación" (Decreto 492 del 30 de Diciembre de 1958), creación de la Comisión de la Administración Pública Nacional (Decreto 287, del 27 de Junio de 1958) e inicio de la modernización del Sistema Presupuestario, con la entrega al Soberano Congreso de la República del Presupuesto por Programas como un anexo explicativo de la Ley de Presupuesto por Programas, que se seguía presentando bajo la concepción tradicional, la promulgación de la Ley de Régimen Presupuestario, obligó de manera inmediata al Ejecutivo Nacional a poner en marcha una reforma presupuestaria y contable.

Atribuciones

1. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas.

2. Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público.

3. Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo, el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley.

4.Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean requeridos por las autoridades competentes.

5.Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su consideración y, cuando corresponda, proponer las correciones que considere necesarias

6. Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional del Tesoro, la programación de la ejecución de la ley de presupuesto.

7. Preparar y dictar las normas e instrucciones técnicas relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario.

8. Asesorar en materia presupuestaria a los entes u órganos regidos por esta Ley.

9. Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto.

10. Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios establecidos por esta Ley, su reglamento y las normas técnicas respectivas.

11. Informar al Ministro del Poder Popular para Economía y Finanzas, con la periodicidad que éste lo requiera, acerca de la gestión presupuestaria del sector público.

12. Las demás que le confiera la Ley.

Misión y Visión

Misión

“La Oficina Nacional de Presupuesto, es el Órgano rector del Sistema Presupuestario Público Nacional, proporcionando asistencia técnica en las diferentes etapas del proceso presupuestario a los órganos y entes regidos por la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (L.O.A.F.S.P), con el fin de generar las condiciones que garanticen la gestión de las finanzas públicas, en el marco de los principios constitucionales y legales que la rigen.”


Visión

“La Oficina Nacional de Presupuesto se proyecta como la oficina rectora que integra a su función de control presupuestario, la interrelación con los demás sistemas administrativos y financieros públicos como mecanismo para el seguimiento de la productividad y/o eficiencia del gasto público mediante la innovación de sus procesos y el énfasis en la calidad de su recurso humano”.

Espacio Digital

Decálogo

Los objetivos de la Patria se alcanzan a través del presupuesto nacional.

Ver en Digital

Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior.

Av. Urdaneta, Edificio Norte, pisos 4, 5 y 6, al lado del IVSS. Caracas, Distrito Capital, Venezuela.

Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE).

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